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Régimen de la Ley de 1997 del IMSS: todo lo que necesitas saber

Ene 27, 2025 | Por: Amafore

Lectura: 1 min | Información: General

¿Qué es el Régimen de la Ley de 1997?

El Régimen de la Ley de 1997 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es el sistema de pensiones que rige para las personas trabajadoras que se dieron de alta en el IMSS a partir del 1º de julio de 1997. Este régimen representa una evolución en el sistema de pensiones en México que introdujo cambios significativos en comparación con la Ley de 1973, buscando una mayor sostenibilidad financiera y asegurar que existan las condiciones para entregar pensiones adecuadas al momento del retiro.

¿Cómo saber a qué régimen perteneces?

La fecha de inscripción en el IMSS puede no coincidir con tu fecha de inicio laboral. Para determinar tu régimen, revisa:

  • Si te registraste antes del 1º de julio de 1997, perteneces a la Ley 73.
  • Si tu registro fue a partir del 1º de julio de 1997, entonces estás bajo la Ley 97.

Puedes confirmar tu régimen revisando el estado de cuenta de tu Afore o solicitando una Constancia de Vigencia de Derechos, que te indicará la fecha exacta de tu afiliación al IMSS.

Características principales del Régimen 97
  1. Ahorro personalizado: a diferencia del régimen anterior, el de 1997 establece cuentas individuales en las Afores (Administradoras de Fondos para el Retiro), donde se acumulan los ahorros para la jubilación. Esto significa que cada persona trabajadora es responsable de su propio ahorro, lo que puede resultar en pensiones más personalizadas y ajustadas a sus aportaciones.
  2. Aportaciones: las aportaciones al fondo de pensiones se componen de contribuciones de la persona trabajadora, del patrón y del gobierno..
  3. Cálculo de la pensión: el monto de la pensión se determina en función del saldo acumulado en la cuenta individual.  Esto ofrece a las personas trabajadoras la posibilidad de aumentar su pensión a través del ahorro voluntario.

Este régimen está diseñado para todos las personas trabajadoras que se inscribieron en el IMSS después del 1º de julio de 1997. Esto incluye empleados del sector privado y otros grupos que cumplan con los requisitos de cotización. Es crucial que cada persona esté consciente de su saldo en la Afore y de cómo puede aumentar sus aportaciones.

Consejos para maximizar tu pensión
  • Revisa tu estado de cuenta: mantente al tanto de tu saldo en la Afore y verifica que las aportaciones sean correctas.
  • Aumenta tus aportaciones: considera realizar aportaciones voluntarias para incrementar tu pensión.
  • Infórmate sobre tus opciones: conoce las diferentes Afores, los rendimientos que genera y las opciones de inversión disponibles para elegir la que mejor se adapte a tus necesidades. De esta manera podrás tomar decisiones informadas sobre tus ahorros, inversiones y el manejo de tu cuenta individual. 
Modalidades de pensión Régimen 97

Bajo el Régimen 97, existen tres modalidades a través de las cuales puedes acceder a tu pensión:

Renta Vitalicia ¿Qué es?
La Renta Vitalicia es una opción de pensión que se contrata con una Aseguradora. El IMSS te proporcionará una lista de las Aseguradoras autorizadas para este servicio.

Aspectos a considerar:

  • El monto de tu pensión dependerá del saldo acumulado en tu cuenta AFORE y se ajustará anualmente de acuerdo con la inflación.
  • Al elegir esta modalidad, recibirás una pensión de por vida.

 

Retiro Programado ¿Qué es?
El Retiro Programado es una modalidad de pensión que gestionas a través de la AFORE en la que estás afiliado. El monto de la pensión se basa en el saldo de tu cuenta AFORE, los rendimientos generados y tu expectativa de vida.

Aspectos a considerar:

  • A diferencia de la Renta Vitalicia, en el Retiro Programado recibirás tu pensión hasta que se agoten los fondos de tu cuenta AFORE.
  • Si llegaras a fallecer antes de que tus recursos se agoten, el saldo restante en tu cuenta se entregará a tus beneficiarios. 

Pensión Mínima Garantizada ¿Qué es?
La Pensión Mínima Garantizada es un beneficio que el Estado proporciona a aquellos que cumplen con los requisitos de edad y, para el año 2024, han cotizado un mínimo de 825 semanas (este requisito se ajustará todos los años hasta llegar a 1000 semanas en 2030). Esta modalidad está diseñada para que quienes, a pesar de haber cotizado, no tienen suficientes recursos para contratar una Renta Vitalicia u obtener un monto mínimo vía retiros programados, tengan una pensión suficiente.

Requisitos y documentación necesaria para tramitar la pensión

Para poder tramitar tu pensión bajo el Régimen de 1997 del IMSS, debes cumplir con ciertos requisitos:

Edad:

  • Pensión por Cesantía en Edad Avanzada: debes tener al menos 60 años y haber dejado de trabajar.
  • Pensión por Vejez: debes tener al menos 65 años.

Semanas cotizadas: 

Según la Ley del Seguro Social, el número de semanas de cotización necesarias para acceder a los beneficios establecidos y para el cálculo de la pensión garantizada aumentará anualmente en 25 semanas, hasta llegar al máximo de 1,000 en 2031.

Por ejemplo, en 2024, las personas que deseen acceder a estos beneficios deberán haber cotizado un total de 825 semanas.

Conservación de Derechos: 

Debes estar dentro del período de conservación de derechos, que equivale a la cuarta parte del tiempo cotizado, contado a partir de tu baja.

Para realizar tu trámite de pensión, asegúrate de reunir los siguientes documentos:

  • Identificación oficial: puede ser tu INE o pasaporte.
  • Estado de cuenta de tu Afore: esto te permitirá verificar tus ahorros acumulados.
  • Estado de cuenta bancario: necesitarás un estado de cuenta que incluya tu CLABE.
  • Resolución o Negativa de pensión del IMSS: este documento es proporcionado por el IMSS y confirma tu elegibilidad para la pensión.
  • Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu Afore).
Pasos para tramitar tu pensión
  1. Asiste a la Subdelegación del IMSS: dirígete a la Subdelegación que te corresponde y presenta tu Solicitud de Pensión.
  2. Esperar la resolución del IMSS: una vez presentada tu solicitud, el IMSS te informará sobre tu elegibilidad y la modalidad de pensión correspondiente.
  3. Visita tu Afore: con la resolución del IMSS, dirígete a la Afore donde tienes tu cuenta individual para iniciar los trámites para la disposición de tus recursos.
  4. Presenta la documentación: lleva contigo toda la documentación necesaria y completa la “Solicitud de Disposición de Recursos” que se te proporcionará en la Afore.
  5. Recibir tu respuesta: la Afore te dará una respuesta en un plazo máximo de 6 días hábiles y procederá a depositar el monto correspondiente en tu cuenta bancaria.
¿Qué hacer si no cumples los requisitos?

Si tienes 60 años o más y no has alcanzado el número mínimo de semanas cotizadas para acceder a una pensión, el IMSS emitirá una Resolución de Negativa de Pensión. En este caso, recibirás los fondos de tu cuenta Afore lo que te permitirá acceder a tus ahorros acumulados: los recursos de la Subcuenta de Retiro Cesantía o Edad Avanzada y Vejez e INFONAVIT 1997 (si tienes recursos en esta subcuenta).

Además, si cuentas con recursos de SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92, esos fondos estarán disponibles para ti una vez que cumplas 65 años. Es importante que mantengas actualizados tus datos en la Afore y que consultes regularmente tu estado de cuenta para estar al tanto de tus opciones.

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