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El Régimen de la Ley de 1973 del IMSS explicado

Ene 22, 2025 | Por: Amafore

Lectura: 5 min | Información: General

Lo que encontrarás en este texto:

¿Qué es el Régimen de la Ley de 1973 del IMSS?

El Régimen de la Ley de 1973 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es un sistema de pensiones que aplica a las personas trabajadoras que iniciaron su vida laboral (cotizando al IMSS) antes del 1º de julio de 1997. Este régimen se basa en el principio de la acumulación de semanas cotizadas, lo que permite a las personas afiliadas acceder a una pensión al cumplir con ciertos requisitos.

Si has estado afiliado/a al IMSS a lo largo de tu vida laboral, es esencial que identifiques tu régimen de pensión antes de iniciar el proceso de retiro. Dependiendo de si perteneces a la Ley 73 o la Ley 97, los requisitos varían. Esta información es clave para evitar contratiempos al solicitar tu pensión y para que puedas planificar tu futuro de manera efectiva.

¿Cómo saber a qué régimen perteneces?

La fecha de inscripción en el IMSS puede no coincidir con tu fecha de inicio laboral. Para determinar tu régimen, revisa:

  • Si te registraste antes del 1º de julio de 1997, perteneces a la Ley 73.
  • Si tu registro fue a partir del 1º de julio de 1997, entonces estás bajo la Ley 97.

Puedes confirmar tu régimen revisando el estado de cuenta de tu Afore o solicitando una Constancia de Vigencia de Derechos, que te indicará la fecha exacta de tu afiliación al IMSS:

https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/gestionAsegurados-web-externo/vigencia

Características clave del Régimen 73

  • Semanas cotizadas: para poder obtener una pensión, la persona trabajadora debe haber cotizado un mínimo de 500 semanas. A mayor número de semanas cotizadas, mayor será el monto de la pensión.
  • Edad de jubilación: la edad mínima para jubilarse es de 65 años. Sin embargo, la persona trabajadora puede optar por una jubilación anticipada a partir de los 60 años, aunque esto podría afectar el monto de la pensión.
  • Cálculo de la pensión: la pensión se calcula en base al promedio de los salarios que la persona trabajadora haya recibido durante sus últimos cinco años de cotización. Este cálculo puede resultar en pensiones más altas para quienes han tenido salarios más elevados.
  • Beneficios adicionales: además de la pensión, las personas afiliadas al régimen tienen acceso a servicios médicos, prestaciones económicas y sociales, lo que proporciona una red de seguridad en la vejez.

Este régimen está destinado a todas las personas trabajadoras que hayan estado afiliadas al IMSS y que cumplan con los requisitos de semanas cotizadas y edad. Esto incluye tanto a personas que trabajan en el sector privado como a quienes han tenido periodos de cotización interrumpidos.

Modalidades de pensión Régimen 73

El sistema de pensiones ofrece dos modalidades:

  • Pensión por Cesantía: para quienes tienen entre 60 y 64 años.
  • Pensión por Vejez: para quienes han alcanzado los 65 años.

En ambos casos, es fundamental haber cotizado el número mínimo de semanas requerido y estar sin trabajo al momento de solicitar la pensión. Si decides retirarte antes de los 65 años, recibirás una pensión proporcionalmente menor, calculada en función de lo que hubieras recibido al llegar a esa edad.

Requisitos y documentación necesaria para tramitar la pensión

Es vital que estés dentro del período de conservación de derechos, que corresponde a la cuarta parte del tiempo que cotizaste, a partir de tu baja. Para ser elegible, necesitas haber acumulado al menos 500 semanas de cotización, es decir, aproximadamente 10 años. La pensión se calculará en base al salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, que equivale a 5 años.

Para realizar tu trámite de pensión, asegúrate de reunir los siguientes documentos:

  • Identificación oficial
  • Estado de cuenta de tu Afore (puedes solicitarlo si no lo tienes).
  • Estado de cuenta bancario con CLABE.
  • Resolución de Pensión que te proporcionará el IMSS.

Pasos para tramitar tu pensión

  1. Visita la Subdelegación del IMSS que te corresponde y completa tu Solicitud de Pensión.
  2. Espera la respuesta del IMSS, donde te informarán sobre tu modalidad de retiro. Luego, dirígete a tu Afore para gestionar la disposición de tus recursos.
  3. Presenta la documentación requerida en la oficina de tu Afore. Allí recibirás una Solicitud de Disposición de Recursos que deberás llenar y firmar.
  4. Recibe la respuesta de tu Afore en un máximo de 6 días hábiles, y el dinero correspondiente será depositado en tu cuenta bancaria.

Si tienes derecho a una pensión, esto es lo que sucederá con los recursos de tu cuenta Afore

Los recursos acumulados en tu cuenta Afore, tienen la finalidad de ser destinados a tu pensión, por lo que, al recibir tu resolución de pensión, la Afore realizará una transferencia de los recursos acumulados en tus subcuentas de “Cesantía en edad avanzada y vejez” y los de Cuota social, al IMSS para que éste los utilice para pagar tu pensión.

Los recursos acumulados en las subcuentas de SAR 92-97, Retiro 97, e Infonavit 1997 además de las Aportaciones Voluntarias, te serán depositadas en la cuenta de tu elección máximo 6 días hábiles después de que presentes la resolución de pensión en la Afore. 

¿Qué hacer si no cumples los requisitos?

Si tienes 60 años o más y no alcanzas las semanas cotizadas necesarias para una pensión, el IMSS emitirá una Resolución de Negativa de Pensión. En este caso, se te entregarán todos los recursos acumulados en tu cuenta Afore. Sin embargo, si cuentas con fondos del SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92, estos estarán disponibles solo al cumplir 65 años.

Comprender las características y beneficios del Régimen de la Ley de 1973 del IMSS te permitirá planificar mejor tu futuro y asegurarte de contar con los recursos necesarios para una jubilación digna.

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